La norma habilita la figura del autoconsumo colectivo, que impulsará esta fórmula en comunidades de vecinos. Se establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía producida y no consumida instantáneamente por los pequeños auto-consumidores. El Real Decreto también simplifica los trámites, especialmente en el caso de los pequeños auto-consumidores.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España. Esta norma completa el marco regulatorio sobre esta cuestión, impulsado por el Real Decreto-ley 15/2018 por el que se derogó el denominado impuesto al sol, y aporta certidumbre y seguridad a los usuarios. Entre otras medidas, el Real Decreto habilita la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales; reduce los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños auto-consumidores; y establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía auto-producida y no consumida.
Entre otras cuestiones, la extensión de esta fórmula fomentará la actividad económica y el empleo local, por su carácter distribuido; favorecerá la electrificación de la economía, permitiendo a España cumplir con sus obligaciones en materia de lucha contra el cambio climático; ofrecerá una alternativa a los ciudadanos, que puede ser más ventajosa económicamente que el consumo de energía tradicional; y permitirá la entrada de nuevos actores, y de la propia ciudadanía, en el sistema eléctrico.
El Real Decreto clasifica y define las distintas clases de autoconsumo. Hasta el momento, solo existía una posibilidad: el autoconsumo individual conectado a una red interior. Con la nueva norma, se consagra la figura del autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación, hecho que impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios o entre empresas o industrias ubicadas en una misma localización.
Además, se permite realizar el autoconsumo tanto con instalaciones de generación situadas en la misma vivienda, como en otras que estén ubicadas en las proximidades.
Otra de las novedades del Real Decreto es la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes, esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que el usuario no consume instantáneamente. Con el Real Decreto aprobado hoy, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual.
En Bettergy planificamos, construimos, operamos y financiamos sistemas fotovoltaicos aislados y conectados a red. Además, somos especialistas en todos los productos necesarios para las instalaciones: módulos e inversores fotovoltaicos.
Si quieres un asesoramiento integral o necesitas más información, ponte en contacto con nosotros : comercial@bettergy.es o llama al +34 952 025 789 (de 9.00h a 14.30h y de 15.00h a 18.00)
Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica.
Etiquetas: Autoconsumo, eficiencia energética, energías renovables, Instalación solar fotovoltaica